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Atención: Por fin Colombia tiene Lista oficial de Personas Expuestas Políticamente

 

27 de julio de 2021

Mediante el decreto 830 del 26 de julio de 2021 Colombia tendrá lista oficial de Personas Expuestas Políticamente que podrá ser consultada por todos por intermedio del SIGEP, del Departamento de la Función Pública.

Con esta noticia se avanza enormemente en la lucha contra el lavado de Activos y la Corrupción.

Compliance.com.co está enlazado a ese portal por medio de su potente tecnología. Esta noticia es importante debido a que antes recaía en terceros la labor de identificar quien era PEP en Colombia.

Lea a continuación el decreto.

«Por el cual se modifican y adicionan algunos artículos al Decreto 1081 de 2015, Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República, en lo relacionado con el régimen de las Personas Expuestas Políticamente (PEP)

Lea el Decreto 830 del 26 de julio de 2021 aquí.

Relacionado: Lea el decreto DECRETO 1081 DE 2015 (mayo 26) por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República. Aquí.

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El Decreto 830 de 2021 y nuevos cargos de PEP

En el decreto 830 de 2021 se incluyen varios nuevos cargos dentro de la categoría de PEP:

  • Directores y subdirectores de departamentos administrativos de la Presidencia.
  • Oficiales y suboficiales facultados para ordenar gasto o comprometer recursos de las instituciones públicas.
  • Ordenadores del gasto de corporaciones autónomas regionales.
  • Tesoreros y ordenadores del gasto de altas cortes y tribunales
  • Ordenadores del gasto de la Fiscalía General
  • Directores de la Fiscalía General.
  • Ordenadores del gasto de Contraloría, Procuraduría, Defensoría del Pueblo, Contaduría y Auditoría General.
  • Notarios y curadores urbanos.
  • Ordenadores del gasto de universidades públicas.

A nivel internacional el decreto 830 de 2021 cataloga como PEP a las personas que ocupen los siguientes cargos:

  • Jefes de Estado y jefes de Gobierno.
  • Ministros, secretarios o Subsecretarios de Estado.
  • Congresistas o parlamentarios.
  • Miembros de tribunales supremos, tribunales constitucionales u otras altas instancias judiciales cuyas decisiones no admitan normalmente recurso.
  • Miembros de tribunales o de las juntas directivas de bancos centrales.
  • Embajadores y encargados de negocios.
  • Altos funcionarios de las fuerzas armadas.
  • Miembros de los órganos administrativos, de gestión o de supervisión de empresas de propiedad estatal.
  • Representantes legales, directores y/o subdirectores miembros de las juntas directivas de organizaciones internacionales.

Dentro del Decreto 830 de 2021 se lee que las PEP mantienen la obligación de informar a los sujetos obligados de sus cargos, fechas de vinculación y fechas de desvinculación. Todo esto en el marco de los procesos de debida diligencia del cliente.

Además, el artículo 3 del decreto 830 de 2021 señala que las PEP deben suministrar los nombres e identificación de sus cónyuges y sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil.

 

Actualice Las Listas PEP´S y cumpla con el Decreto 1674 de 2017

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