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Tipologías que derivan en actos de corrupción

11/08/2020

La tipología es un estudio que analiza fenómenos, sectores, tendencias o modalidades por las cuales se realizan actos de corrupción, operaciones de lavado de activos y financiación del terrorismo, las tipologías no tienen una relación directa con el desarrollo de los procesos de investigación penal, disciplinaria y fiscal, por cuanto apuntan a la comprensión del modus operandi utilizado por los actores involucrados y no a su posterior resolución ante las instancias competentes. Las entidades públicas no están exentas de verse involucradas en actos de corrupción, lavado de activos y financiación del terrorismo, los funcionarios públicos juegan un rol clave en la prevención y lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo. Al respecto, hay que decir que son responsables de cumplir la ley y de denunciar todos aquellos actos y a todas aquellas personas que contravengan la legalidad.

Hoy queremos compartirles tipologías que derivan en actos de corrupción, que fueron presentados por la DIAN en una cartilla patrocinada por el UNODC, este tipo de actividades favorecer la caracterización y comprensión del fenómeno de la corrupción identificando los comportamientos que eventualmente pueden dar lugar al mismo, fortalecer los mecanismos de prevención para los funcionarios en las organizaciones y empresas a quien, al comprender este fenómeno, estará atento y alerta a la posible ocurrencia de hechos de corrupción, se disuadirá de la realización del comportamiento (no lo replicará ante la comprensión de su reprochabilidad) y lo pondrá en conocimiento en caso de presentarse, generar señales de alerta que evidencien de forma temprana la probabilidad de ocurrencia o materialización de un hecho de corrupción, elevando niveles de prevención y control e Identificar las principales falencias éticas al interior y al exterior de la organización, el promover la denuncia de actos propios de corrupción, y facilitar su seguimiento y demostración, simplificar y fortalecer los procesos de construcción de las matrices de riesgos de corrupción ante la comprensión del fenómeno, al fortalecer la estructuración de controles en función de los riesgos específicos y las formas de materialización de los mismos.

TIPOLOGÍA No 1 “EL ALCAHUETA” y sus MODALIDADES

Omisión/acción -en el marco del ejercicio de las funciones- que favorece la evasión de obligaciones de tributarias, aduaneras o cambiarias de un tercero o impide la imposición de sanciones Un funcionario omite el cumplimiento de sus funciones o realiza acciones orientadas a favorecer la evasión de las obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias de un tercero, o para impedir la imposición de sanciones. Normalmente esta conducta se acompaña de la exigencia, solicitud o recepción de un soborno representado en una suma de dinero, un bien o cualquier otro beneficio o utilidad para el funcionario.

Ejemplo: Un funcionario “X” al realizar diligencia de registro en las oficinas de la firma “Y” omite el cumplimiento de sus funciones y se presta para cubrir actividades ilegales en tanto: (i) no hizo un debido aseguramiento de las pruebas documentales recaudadas (no dejó un registro pormenorizado), (ii) ni informó en su totalidad los hallazgos realizados, (iii) además de guardar silencio sobre la presencia de una abogada con quien negoció devolver documentos encontrados y desorientar la investigación adelantada para evitar que se descubriera la participación de la empresa en trámites irregulares ante la DIAN. Adicional a ello, el funcionario “X” emitió un informe proponiendo el archivo de la investigación, no informó a otras autoridades de los hallazgos, y no se pronunció adecuadamente sobre los elementos de la denuncia original ni explicó apropiadamente el desenvolvimiento de la actuación administrativa. Todo ello llevó a la corrección de la declaración de renta que sirvió de razón al archivo del proceso en cuestión.

MODALIDADES

“EL ALCAHUETA”

Omisión/acción -en el marco del ejercicio de las funciones- que favorece la evasión de obligaciones de tributarias, aduaneras o cambiarias de un tercero o impide la imposición de sanciones Un funcionario omite el cumplimiento de sus funciones o realiza acciones orientadas a favorecer la evasión de las obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias de un tercero, o para impedir la imposición de sanciones. Normalmente esta conducta se acompaña de la exigencia, solicitud o recepción de un soborno representado en una suma de dinero, un bien o cualquier otro beneficio o utilidad para el funcionario.

“ABONANDO TERRENO”

Funcionarios reciben o aceptan cualquier tipo de beneficio o utilidad de quien tiene interés en un asunto que conocen, en algunos casos, los funcionarios reciben o aceptan beneficios u otra utilidad de personas que tienen interés en un asunto que conocen. Normalmente no se le da la importancia o trascendencia suficiente en tanto no media acuerdo o negociación alguna frente a lo que se espera de ese funcionario, se advierte mera liberalidad en la entrega o incluso el funcionario considera que con ello no se ve menguada su imparcialidad. En todo caso, es probable que este tipo de “detalles” aparentemente insignificantes se entreguen con el objeto de “abonar terreno”, generen compromisos en el funcionario, o que incluso sin una mala intención de ninguno de los dos, se perciba de manera negativa por terceros.

No obstante, lo anterior, no sólo los funcionarios no pueden recibir “regalos” (sin importar las dimensiones o valor que represente), sino que incluso dentro de la conducta de “cohecho impropio” se hace referencia a lo que se ha denominado “cohecho aparente” o “cohecho presunto” conforme al cual se reprocha penalmente a quien reciba dinero u otra utilidad de persona que tenga interés en asunto sometido a su conocimiento,

“EL ENCUBRIDOR”

Obstaculizar las investigaciones o actuaciones de la entidad en provecho de los usuarios tributarios, aduaneros y cambiarios En algunos casos, los funcionarios se prestan, aprovechando su cargo o función, para obstaculizar en forma grave las investigaciones realizadas por la autoridad administrativa. Se evidencian conductas como (i) pérdida de expedientes, (ii) pérdida de documentos, (iii) manipulación de información, (iv) registro de información falsa, entre otros.

Ejemplo: Una funcionaria “X” realiza una visita a una empresa “Y”. Se determina que tiene cabida una sanción por un monto determinado. No obstante, en el marco de la visita se hace una negociación para que el funcionario registre hechos inexistentes y falsos u omita el registro de hechos constitutivos de sanción a cambio de una suma de dinero (inferior a la que sería impuesta con la sanción).

“EL MAGO”

Realizar acciones para que terceros defrauden a la entidad También se da el caso de los funcionarios que hacen parte de la conducta misma del contribuyente, al punto que aprovechando su cargo o función realizan actos con miras a garantizar que se materialice la conducta reprochable de terceros.

Ejemplo: El funcionario “X” se apropió de una parte del total de esmeraldas aprehendidas a un viajero “Y”, extrayéndola de la caja fuerte en la que se encontraban a cargo de una Dirección Seccional de Aduanas y gestionando el cambio de dichas piedras por otras de menor valor con el fin de que el viajero no declarara sobre la cantidad y valor real de la mercancía ingresada. Para este fin, el viajero le ofreció al funcionario dinero.

“EL DE LA VISTA GORDA”

Omitir funciones para que terceros defrauden a la entidad También se da el caso de los funcionarios que hacen parte de la conducta misma del contribuyente, pero en este caso a partir de la omisión en el cumplimiento de las labores encomendadas conforme a su cargo o función para con ello permitir o garantizar la conducta reprochable de terceros.

Ejemplo: En visita a un establecimiento un funcionario de la POLFA encuentra que hay una mercancía que es de contrabando. Sin embargo, el usuario le solicita al funcionario que no le decomise la mercancía a cambio de un incentivo.

“EL CARTEL”

Empresa criminal para defraudar a la entidad En algunas ocasiones no se trata de una acción u omisión para favorecer a terceros con el objeto de defraudar o incumplir sus obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, sino que se conforma una verdadera estructura criminal conforme a la cual los funcionarios de la entidad aprovechan la información y el conocimiento que tienen de la misma, y se generan sistemas orientados a defraudar a la organización con la connivencia y actuación principal de funcionarios de la organización.

Normalmente este fenómeno se acompaña de variedad de conductas criminales adicionales: correos, cartas, mensajes de texto, visitas, facturas, contratos y llamadas falsas, entre otros.

Muy seguramente si nos detenemos un poco, al analizar en el interior de nuestras organizaciones, podremos detectar este tipo de actividades, que tal vez no tienen el impacto como en una entidad pública, pero de no tomar acciones podrán degenerar en acciones que tal vez más adelante se tornen lamentables.

Fuente: CARLOS ALFONSO BOSHELL NORMAN

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