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Prórroga de implementación del SARLAFT en el sector transporte: oportunidad para robustecer la gestión de riesgos

La lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo (LA/FT) representa uno de los mayores desafíos para la estabilidad económica y la seguridad jurídica del país. En este contexto, el sector transporte por su complejidad operativa, amplitud territorial y diversidad de actores se convierte en un eslabón crítico dentro de las estrategias nacionales de prevención y control de estos delitos.

Conscientes de esta realidad, la Superintendencia de Transporte ha venido impulsando la implementación del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) como herramienta clave para blindar las operaciones del sector frente a amenazas que comprometen no solo la legalidad de los negocios, sino también la confianza de los usuarios, inversionistas y autoridades.

Durante el reciente Foro SARLAFT – Sector Transporte, se abordaron temas fundamentales para la correcta implementación del sistema, incluyendo el rol del Oficial de Cumplimiento, los estándares internacionales aplicables y los retos específicos que enfrentan las empresas del sector. En este espacio, se anunció una prórroga de seis meses para la entrada en vigor del SARLAFT, decisión que responde a la necesidad de brindar un margen adicional para que las organizaciones fortalezcan sus capacidades internas, ajusten sus procesos y aseguren una implementación técnica, rigurosa y sostenible.

José Medina Serrato, Líder del Equipo SARLAFT de la SuperTransporte, compartió los estándares internacionales en materia de LA/FT/FP, recordando que Colombia ha ratificado importantes convenciones de Naciones Unidas sobre crimen organizado, terrorismo y corrupción.

Durante su intervención, hizo una reflexión crucial: muchas empresas, por afán de cerrar negocios o mantenerse competitivas, omiten la debida diligencia y desconocen con quién están negociando. El SARLAFT proporciona metodologías y procedimientos para identificar contrapartes, aplicar controles adecuados y actuar ante señales de alerta o riesgos evidentes.

Recordemos cuáles empresas están obligadas a implementar el SARLAFT:

Según la Resolución 2328 de 2025, las siguientes entidades del sector transporte están obligadas a implementar el SARLAFT:

  • Empresas habilitadas para el transporte público de carga y pasajeros (terrestre, marítimo, fluvial, férreo, aéreo)
  • Concesionarios de infraestructura del transporte y sus servicios conexos
  • Empresas de transporte especial y transporte mixto
  • Centros Integrales de Atención a Conductores
  • Centros de Enseñanza Automovilística
  • Centros de Diagnóstico Automotor
  • Centros de Reconocimiento de Conductores
  • Empresas habilitadas para el transporte por cable
  • Operadores de transporte multimodal (nacional e internacional)
  • Empresas desintegradoras de vehículos
  • Sociedades y operadores portuarios

Más tiempo, no menos compromiso:

La Superintendencia fue enfática en señalar que esta prórroga no debe interpretarse como una postergación del proceso. El SARLAFT es un sistema técnico y exigente que requiere una planificación rigurosa, capacitación continua, elaboración de matrices de riesgo y manuales internos. Su adecuada implementación demanda más de un año de trabajo estructurado y comprometido.

En el mismo espacio, se anticipó que en los próximos días se expedirá la obligación de implementar el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), lo que implica un reto adicional: articular ambos sistemas en un modelo integral de gestión de riesgos. Esta integración busca fortalecer la cultura ética y la prevención de delitos financieros en el sector transporte.

Una oportunidad para fortalecer capacidades internas:

La prórroga anunciada por la Superintendencia debe ser entendida no como una simple extensión de plazo, sino como una ventana que permite a las empresas del sector transporte prepararse de manera más rigurosa y consciente para enfrentar los desafíos que implica la implementación del SARLAFT y del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE). Este tiempo adicional brinda la oportunidad de fortalecer las capacidades internas, revisar con detenimiento los procesos existentes, identificar brechas operativas y ajustar los mecanismos de control conforme a los estándares internacionales y las mejores prácticas del sector.

En lugar de percibirse como una pausa, esta prórroga debe asumirse como una etapa de consolidación institucional. Las organizaciones pueden aprovecharla para capacitar a sus equipos, diseñar matrices de riesgo más precisas, elaborar manuales internos adaptados a su realidad operativa, y establecer canales efectivos de reporte y seguimiento. Asimismo, permite fomentar una cultura organizacional basada en la ética, la transparencia y la responsabilidad, pilares fundamentales para prevenir delitos financieros y proteger la integridad del negocio.

En Risks International entendemos que este periodo de prórroga debe ser aprovechado con responsabilidad, visión estratégica y sentido de urgencia. Por ello, reafirmamos nuestro compromiso de acompañar a las empresas del sector transporte en el fortalecimiento de sus sistemas de gestión de riesgos, brindando asesoría especializada, herramientas prácticas y orientación técnica para que la implementación del SARLAFT y del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) se realice de forma efectiva, sostenible y alineada con los estándares internacionales.

En este contexto, invitamos a todas las empresas obligadas a realizar el autodiagnóstico gratuito SARLAFT, una herramienta diseñada para facilitar el proceso de evaluación interna. El propósito de esta lista de chequeo es validar el estado actual de implementación del SARLAFT, especialmente en lo relacionado con los procedimientos de Debida Diligencia, permitiendo identificar fortalezas, debilidades y oportunidades de mejora.

Realice el autodiagnóstico gratuito aquí

Por: Luisa Caicedo

Fuente: 

https://www.youtube.com/watch?v=iBh3jjETk3Y&t=15s

El SARLAFT será obligatorio en el sector transporte por la Resolución 2328 de 2025:

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