Prevenir el Lavado de Activos ...

Beneficiarios finales

Herramienta para prevenir el Lavado de Activos e identificar Beneficiarios Finales:

El Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y otras formas de corrupción financiera son amenazas significativas para la estabilidad económica. Para enfrentar estos desafíos, se han desarrollado diversas herramientas y regulaciones. En este artículo nos centraremos en una de estas herramientas: la identificación y verificación de los Beneficiarios Finales. 

El concepto de «beneficiario final» es ampliamente utilizado en el contexto legal y financiero, especialmente en relación con la transparencia y la prevención del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.

Beneficiario Final:

El beneficiario final es aquella persona que, directa o indirectamente, tiene una participación mayoritaria en los activos o ingresos de la entidad o tiene la capacidad de ejercer influencia significativa sobre las decisiones y operaciones de la empresa.

Es importante destacar que las definiciones y requisitos específicos pueden variar según la jurisdicción y la legislación aplicable.

En países como:

  • Colombia
  • Ecuador
  • México
  • Argentina

Se han implementado regulaciones y leyes que exigen que las empresas, instituciones financieras y otras entidades identifiquen y revelen la identidad de sus beneficiarios finales, como parte de sus obligaciones de debida diligencia. Ésta en sí misma es una recomendación del GAFI, que en su recomendación 24 deja clara la necesidad de implementar un registro de beneficiarios finales público en los países para ayudar a prevenir no solo el lavado de activos sino también la corrupción.

Recomendaciones del GAFI: Debida Diligencia y Mantenimiento de registros

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) establece una serie de recomendaciones para la debida diligencia del cliente (DDC). Entre las medidas a tomar se encuentran:

  • Identificar al beneficiario final y tomar medidas razonables para verificar su identidad, de manera tal que la institución financiera esté convencida de que conoce quién es el beneficiario final.
  • Para las personas y otras estructuras jurídicas, esto debe incluir que las instituciones financieras entiendan la estructura de titularidad y de control del cliente.

Estas recomendaciones se encuentran en los puntos 24 y 25 del GAFI.

CIRCULAR EXTERNA 100-000016 DE 2020

La Superintendencia de Sociedades, en su circular externa 100-000016 de 2020, establece que se debe:

  • Identificar al Beneficiario Final de la Contraparte y tomar Medidas Razonables para verificar su identidad.
  • Adoptar una base de datos de Contrapartes, la cual incluya el Beneficiario Final.
  • Identificar que una Contraparte o su Beneficiario Final detentan la calidad de Persona Expuesta Políticamente (PEP). 

Ley 2195 de 2022

La Ley 2195 de 2022, en su Capítulo III sobre Beneficiarios Finales, establece que:

  • La Entidad del Estado y la persona natural, persona jurídica o estructura sin personería jurídica o similar, que tenga la obligación de implementar un sistema de prevención, gestión o administración del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y proliferación de armas o que tengan la obligación de entregar información al Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB), debe llevar a cabo medidas de debida diligencia que permitan entre otras finalidades identificar el/los beneficiario(s) final(es), teniendo en cuenta como mínimo los siguientes criterios.
  • Identificar la persona natural, persona jurídica, estructura sin personería jurídica o similar con la que se celebre el negocio jurídico o el contrato estatal.
  • Identificar el o los beneficiario(s) final(es) y la estructura de titularidad y control de la persona jurídica, estructura sin personería jurídica o similar con la que se celebre el negocio jurídico o el contrato estatal, y tomar medidas razonables para verificar la información reportada.

Además, la Ley 2195 de 2022 permite y garantiza el acceso al Registro Único de Beneficiarios Finales únicamente a las siguientes entidades que en cumplimiento de sus funciones legales y Constitucionales ejerzan inspección, vigilancia y control o tengan funciones de investigación fiscal o disciplinarias u orientadas a combatir el lavado de activos, financiación del terrorismo, soborno trasnacional, conglomerados e intervención por captación no autorizada:

  • Contraloría General de la República.
  • Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
  • Fiscalía General de la Nación.
  • Superintendencia de Sociedades de Colombia.
  • Superintendencia Financiera de Colombia.
  • Procuraduría General de la Nación.
  • Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF.

Resolución n° 000164 de 2021-DIAN

La Resolución n° 000164 de 2021-DIAN establece que están obligados a suministrar información en el Registro único de Beneficiarios Finales RUB:

  • Sociedades y entidades nacionales con o sin ánimo de lucro de conformidad con lo establecido en el artículo 12-1 del Estatuto Tributario, incluyendo aquellas cuyas acciones se encuentren inscritas o listadas en una o más bolsas de valores.
  • Establecimientos permanentes de conformidad con lo establecido en el artículo 20-1 del Estatuto Tributario.
  • Estructuras sin personería jurídica o similares, en cualquiera de los siguientes casos:

Diferencia entre Beneficiario Final y Accionista/Titular Directo:

En el ámbito financiero y legal, los términos “beneficiario final” y “accionista/ titular directo” se utilizan con frecuencia, pero tienen significados distintos y cumplen roles diferentes.

Un accionista/titular directo es una persona o entidad que posee legalmente acciones en una empresa. Estos accionistas tienen derechos sobre las acciones que poseen, incluyendo el derecho a vender las acciones, votar en las reuniones de accionistas y recibir dividendos. Los accionistas titulares directos están registrados oficialmente como los propietarios de las acciones y su identidad es generalmente transparente y fácil de rastrear.

Por otro lado, el beneficiario final se refiere a la persona o entidad que disfruta de los beneficios de la propiedad, aunque no sea el titular legal de la misma. En otras palabras, es la persona que tiene el control efectivo sobre una entidad o la persona en cuyo beneficio se realiza una transacción. La identificación del beneficiario final es crucial para prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo, ya que estas actividades a menudo implican ocultar la identidad del beneficiario final detrás de una serie de entidades y acuerdos legales.

La identificación de los beneficiarios finales es una herramienta esencial en la lucha contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo. A través de la debida diligencia y el mantenimiento de registros precisos, las instituciones financieras y las empresas pueden desempeñar un papel crucial en la prevención de estas actividades ilícitas.

Es importante recordar que la transparencia y la responsabilidad son fundamentales en el mundo financiero y empresarial. La identificación precisa de los beneficiarios finales no sólo ayuda a prevenir el crimen financiero, sino que también promueve la integridad y la confianza en nuestras instituciones.

Risks International ofrece servicios especializados en la debida diligencia para la identificación de beneficiarios finales. Con un equipo de expertos dedicados y una profunda comprensión de las regulaciones y leyes internacionales.

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Por: Mariano Sánchez y Luisa Caicedo

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Identificando beneficiarios finales: ¿SARLAFT o Estatuto Tributario?

 

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