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Atención! Nuevo delito fuente del lavado de activos: Defraudación o evasión tributaria.

Compliance NEWS, conoció que la Ley de Financiamiento (Ley 1943 de 2018) recientemente expedida, creó un nuevo delito fuente de lavado de activos. Se trata del delito de defraudación o evasión tributaria.

La defraudación o evasión tributaria es una conducta penal que castiga al contribuyente que:

1. Estando obligado a declarar, no declare,
2. Declare pero en la declaración tributaria,
a. omita ingresos, o incluya costos o gastos inexistentes,
b. Reclame créditos fiscales, retenciones, o anticipos que no procedan (p. ej. Devoluciones del IVA), y que como consecuencia de ello se emita una liquidación oficial de la autoridad a cargo, con un mayor valor del impuesto igual o superior a 250 smmlv e inferior a 2500 smmlv.

Con este delito se pretende sancionar a los evasores, así como prevenir y sancionar de forma eficaz a los defraudadores de las arcas del Estado, quienes mediante maniobras fraudulentas requieren a la autoridad tributaria para que efectúe reembolsos y devoluciones de sumas de dinero de impuestos por concepto de saldos a favor.

Según se explica en el documento Exposición de Motivos de la Ley de Financiamiento, «en el caso particular colombiano, se ha evidenciado que la evasión del impuesto de renta y del impuesto sobre las ventas -IVA oscila entre el 3% y 4% del PIB; y la evasión en el impuesto sobre la renta es aproximadamente del 39% del recaudo.»

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