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¿Qué son las Listas AML (Anti-Money Laundering) – restrictivas, vinculantes, inhibitorias, de control y dónde consultarlas?

Infiltración criminal, contagio reputacional, sanciones legales. Estos son riesgos que cualquier empresa puede enfrentar en su día a día, sin importar su tamaño o sector. La mejor manera de protegerse no es esperar a que el problema aparezca, sino adelantarse. En ese sentido, conocer qué son las listas restrictivas, vinculantes, inhibitorias y de control se convierte en un paso clave para blindar a su organización.

Estas listas funcionan como un filtro: permiten identificar personas, empresas u organizaciones relacionadas con actividades ilícitas como el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo o la corrupción. Consultarlas de manera constante puede ayudar a reducir riesgos y a tomar decisiones más seguras en los negocios.

En el caso de Colombia, es importante diferenciar cuáles listas deben aplicarse de forma obligatoria por compromisos internacionales y por la normativa nacional, y cuáles se utilizan como apoyo dentro de un enfoque de gestión de riesgos. Bajo esta perspectiva, también resulta clave analizar las alertas que surgen de las listas restrictivas, inhibitorias y de control, de modo que, según el nivel de tolerancia al riesgo de cada empresa, se pueda decidir si conviene o no establecer relaciones comerciales, contractuales o incluso personales con determinadas contrapartes.

Listas restrictivas:

Las listas restrictivas son registros, tanto nacionales como internacionales, que reúnen información de distintas autoridades sobre personas y empresas. En ellas aparecen quienes han estado relacionados con actividades sospechosas, investigaciones o incluso condenas por delitos como el lavado de dinero y la financiación del terrorismo.

Cuando una compañía piensa en hacer negocios con una contraparte, lo primero que debe hacer es revisar si esa persona o entidad figura en alguna de estas listas. Si aparece, lo más prudente es no avanzar en la relación comercial, ya que hacerlo podría traer consecuencias legales y afectar seriamente la reputación de la empresa.

Estas listas imponen limitaciones o sanciones específicas, como congelamiento de activos, restricción de operaciones financieras o limitación de acceso a mercados.

Estas listas las puede consultar gratuitamente en www.compliance.com, regístrese y reciba una demostración con 10 consultas en todas las listas. 

Listas vinculantes:

Son listas de cumplimiento obligatorio, emitidas por organismos internacionales o nacionales. Por disposición de la Ley 1121 de 2006 y del derecho internacional, deben aplicarse de manera obligatoria en Colombia. Incluyen las cuatro familias reconocidas: Naciones Unidas, Estados Unidos, Unión Europea de organizaciones y Unión Europea de personas. En Colombia la principal lista vinculante es la de la ONU, administrada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, esta lista es obligatoria porque, al ser Colombia miembro de las Naciones Unidas, las resoluciones emitidas por dicho organismo aplican directamente a todos los estados que lo conforman.

Además, por mandato del gobierno y siguiendo las recomendaciones del GAFI, el país no solo debe revisar la lista de la ONU, sino también otras fuentes internacionales como la lista de personas y organizaciones vinculadas al terrorismo de la Unión Europea y la lista de la OFAC en Estados Unidos. De esta manera, se amplía el alcance de la verificación y se refuerza la prevención frente a riesgos globales.

Listas inhibitorias: 

Son registros que señalan a personas o empresas con las que no se recomienda, o directamente está prohibido, establecer vínculos comerciales o financieros. Su función es servir como un filtro preventivo que bloquea cualquier relación con contrapartes que puedan estar relacionadas con delitos como el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo o la corrupción.

Listas de control: 

Son registros que no impiden directamente la relación con una persona o empresa, pero sí obligan a mantener un seguimiento especial. Su propósito es que las empresas y autoridades puedan monitorear de forma constante a clientes, proveedores o socios que muestran señales de alerta, aunque no estén formalmente sancionados. En la práctica, si una empresa desea seguir vinculado comercial o financieramente con alguien que aparece en una lista de control, es necesario que refuerce sus procesos de debida diligencia, aplicar controles adicionales y dejar evidencia clara de cada transacción. 

Proceso de verificación:

El proceso de verificación parte de recopilar los datos básicos del posible socio comercial, entre ellos: nombre, dirección o NIT y compararlos con las listas restrictivas a través de sistemas de cumplimiento. Si aparece alguna coincidencia, lo más prudente es detener la operación y, de ser necesario, reportar el caso a las autoridades. Este cruce de información no debería hacerse una sola vez, sino de manera permanente, ya que una contraparte que hoy no presenta alertas podría ser vinculada más adelante a actividades ilícitas, generando consecuencias legales, multas millonarias o el cierre de operaciones. Para apoyar este control continuo, muchas organizaciones recurren a herramientas como Compliance.com, un validador de listas LAFT que ayuda a reducir riesgos relacionados con la corrupción, el fraude y el lavado de activos.

¿Qué hacer si una contraparte aparece en alguna de estas listas?

En caso de que una empresa identifique que una contraparte aparece en una lista restrictiva, la recomendación de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada es que: 

“Cada empresa obligada debe diseñar y poner en marcha un sistema que le permita prevenir y gestionar el riesgo de LA/FT, de acuerdo con las características particulares del negocio y actividad. Dentro de las medidas mínimas, deben establecerse procedimientos de debida diligencia para el conocimiento de las contrapartes y mecanismos para prevenir la ocurrencia del riesgo, y para gestionarlo en caso de que se materialice. Como parte de las labores de debida diligencia de conocimiento de la contraparte, se sugiere consultar listas restrictivas nacionales e internacionales, que permitan verificar la situación de la respectiva contraparte. Si como parte de las gestiones de debida diligencia se identifica que la contraparte está vinculada a una lista restrictiva, corresponderá a la empresa tomar las medidas que haya diseñado e implementado al efecto para mitigar la materialización del riesgo de LA/FT.

Así, podrá evitar iniciar o continuar con la relación comercial o contractual con la contraparte, o podrá tomar las medidas tendientes a finalizar las referidas relaciones. Sin embargo, corresponde a cada empresa definir los mecanismos a través de los cuales le puede hacer frente a esta circunstancia, con el fin de prevenir o gestionar el riesgo. Por ejemplo, la empresa puede establecer en sus contratos cláusulas de terminación y/o suspensión de la relación contractual o comercial cuando alguna de estas circunstancias se presente.

En este caso, la terminación o suspensión del vínculo contractual o comercial se presentaría por virtud de la autonomía contractual de las partes para evitar la materialización del riesgo, y no necesariamente porque tal sea el efecto de la Circular ni porque la Circular obligue a dar por terminados los contratos de manera inmediata”.

Para consultar múltiples listas en un solo paso, puede registrarse aquí y recibir una demostración gratuita con 10 consultas en todas las listas.

En Risks International estamos comprometidos con la protección y el crecimiento seguro de las empresas. Nuestro propósito es acompañar a las organizaciones en la implementación de sistemas de cumplimiento efectivos, que les permitan anticiparse a los riesgos de lavado de activos, financiación del terrorismo y corrupción.

Con nuestro acompañamiento, su empresa podrá fortalecer la confianza de clientes, proveedores y aliados, cumplir con la normativa nacional e internacional y blindar sus operaciones frente a amenazas globales.

Contáctenos y descubra los beneficios obtendrá con nuestros servicios.

Por: Luisa Caicedo

Fuentes:

https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=22647

https://www.supervigilancia.gov.co/sarlaft/publicaciones/10007/listas/

https://www.compliance.com.co/que-es-una-lista-restrictiva/

Consulte gratis las listas restrictivas, las listas vinculantes SARLAFT y ayude a prevenir la corrupción, el fraude y el Lavado de Activos

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