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Cuidemos a quienes más lo necesitan: Acciones contra el abuso infantil

Este es un tema que no solo duele, sino que exige una respuesta firme y una acción inmediata. La vulnerabilidad de los menores en instituciones educativas y hogares infantiles es una realidad alarmante que no podemos seguir ignorando ni minimizando. Cada caso de abuso representa una herida abierta en nuestra sociedad, una marca imborrable en la vida de quienes deberían estar protegidos y rodeados de amor, seguridad y cuidado.

El abuso infantil no solo destruye la infancia de quienes lo padecen, sino que deja cicatrices profundas que afectan su desarrollo emocional, psicológico y social. Es un problema que trasciende lo individual y se convierte en una crisis colectiva que interpela a todos los sectores de la sociedad: desde las familias y las comunidades hasta las autoridades, las instituciones educativas y las instancias gubernamentales.

La protección de los niños y niñas no puede ser solo una aspiración, sino una prioridad tangible y urgente. Necesitamos fortalecer las medidas de prevención, garantizar sistemas de denuncia efectivos y asegurar que los responsables enfrenten las consecuencias de sus actos. 

El papel de los padres y la sociedad:

Los padres no pueden quedarse en la pasividad. Es su derecho y su deber exigir transparencia en los procesos de contratación, conocer quiénes están al cuidado de sus hijos y demandar que las instituciones cumplan con los estándares de seguridad. La comunidad debe presionar a las autoridades para que los casos no queden en el olvido, para que los responsables sean castigados y para que se implementen medidas preventivas reales.

Las señales de alerta: el grito silencioso de los niños

Los niños que han sido víctimas de abuso suelen manifestar señales que, aunque sutiles, son un llamado desesperado de auxilio. Algunas señales pueden incluir:

  • Conocimiento y comportamiento sexual inapropiado para su edad: Expresiones, juegos o dibujos con contenido sexual.
  • Cambios drásticos en el estado de ánimo: Irritabilidad, tristeza profunda, miedo constante.
  • Alteraciones en el sueño: Pesadillas recurrentes, insomnio o miedo a dormir solo.
  • Modificaciones en la higiene personal: Excesiva necesidad de limpieza o descuido total.
  • Alteraciones en la alimentación: Pérdida de apetito o ansiedad por comer en exceso.
  • Bajo rendimiento académico: Falta de concentración, desinterés por el aprendizaje.
  • Rechazo a ciertas personas o lugares: Miedo inexplicable a estar con alguien o en un sitio específico.
  • Dolores físicos sin causa aparente: Quejas constantes de dolor de cabeza, estómago o molestias en la zona genital.

La urgencia de reforzar los controles:

Hay leyes que establecen la obligación de verificar antecedentes en los procesos de contratación de personal que trabaje con menores de edad. Sin embargo, esta verificación no es un acto aislado; debe renovarse cada cuatro meses después del inicio de la relación laboral o contractual. De esta forma, se busca garantizar que quienes trabajan con niños, niñas y adolescentes mantengan un historial limpio y cumplan con los más altos estándares de ética y respeto. Pero ¿qué tan rigurosos son estos controles? ¿Cuántos agresores han logrado infiltrarse en el sistema por falta de supervisión? La realidad es que no basta con confiar en un papel que diga «sin antecedentes», porque muchos abusadores nunca han sido denunciados antes. Se necesita un sistema de evaluación más profundo, entrevistas psicológicas, seguimiento constante y protocolos de denuncia accesibles para los niños.

Para proteger a nuestros niños, la legislación colombiana ha establecido marcos legales fundamentales que refuerzan la seguridad y prevención del abuso infantil:

  • Ley 1918 de 2018: Creó un registro especial de personas condenadas por delitos sexuales contra menores de edad, prohibiéndoles trabajar en ámbitos educativos, recreativos o de cuidado infantil.
  • Ley 2375 de 2024: Amplía las inhabilidades especiales, definiendo con mayor precisión los cargos y profesiones en los que aplica la restricción para evitar el contacto habitual y directo con menores.
  • Decreto 1110 de 2024: Introduce ajustes normativos que aseguran la correcta aplicación de la Ley 2375 de 2024, eliminando vacíos legales y reforzando la protección infantil.
  • Ley 1146 de 2007: Establece normas para la prevención de la violencia sexual y la atención integral de niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso.
  • Ley 1329 de 2009: Refuerza las sanciones contra delitos sexuales y establece medidas de protección para menores, garantizando que los agresores sean sancionados con rigor.

No más indiferencia:

Cada vez que un niño es abusado, la sociedad fracasa. No podemos seguir permitiendo que estos crímenes ocurran en silencio, que los agresores encuentren refugio en la burocracia y la negligencia. Es momento de actuar, de exigir justicia, de proteger a quienes no pueden defenderse por sí mismos. La seguridad de los menores no es un lujo, es una necesidad urgente.

Mariano Sánchez, CEO de Risks International, envía un mensaje a toda la comunidad educativa y a quienes tienen contacto con niños:

Invitamos a todas las instituciones educativas, incluyendo colegios y jardines infantiles, así como a las empresas de transporte escolar y a los padres de familia, a validar rigurosamente la información de todas las personas que tienen contacto con los menores en los registros de inhabilidades por delitos sexuales.

La Red de Colegios en Colombia ya ha implementado esta validación de manera efectiva, y es urgente que aquellos colegios que aún no están afiliados también lo hagan. No podemos permitir que haya instituciones que omitan este proceso ni que haya profesores, personal administrativo o cualquier otro individuo en contacto con los menores sin ser debidamente verificado. La protección de los niños es una responsabilidad compartida y requiere el compromiso de todos.

Herramientas como Compliance ofrecen soluciones efectivas para abordar esta problemática. Esta herramienta permite monitorear continuamente los cambios en el estado de riesgo de las personas que tienen vínculos directos y habituales con niños, niñas y adolescentes. Esto no solo garantiza el cumplimiento de la Ley 1918 de 2018, sino que también refuerza el compromiso de salvaguardar los derechos de las poblaciones más vulnerables, creando entornos más seguros y protegidos para su desarrollo.

¡El momento de actuar es ahora!

Fuentes:

https://www.guiainfantil.com/educacion/abusos/6-importantes-senales-de-alerta-para-detectar-el-abuso-sexual-en-ninos/

https://www.eltiempo.com/bogota/habla-mama-de-nina-presuntamente-violada-en-hogar-infantil-en-bogota-3450889?utm_medium=Social&utm_source=WhatsApp#Echobox=1746537422

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