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Beneficios de la Debida Diligencia Avanzada

 

La Debida Diligencia hace referencia a una validación establecida en la gestión interna del riesgo crítico de la organización donde se busca el aseguramiento en las relaciones contractuales con sus contrapartes, en materia de prevención de los riesgos asociados al lavado de activos, financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva, donde las compañías están expuestas a los riesgos reputacionales,  legales, operacionales y de contagio que afectarían ostensiblemente cualquier organización.

 

Es de conocimiento en materia de Compliance, las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional – GAFI, donde en materia de conocimiento cliente, establecen las recomendaciones, 10, 22, entre otras donde hacen énfasis en la importancia de su aplicabilidad en diferentes sectores, así mismo su segmentación y continuidad en diferentes procesos que deben conllevar un análisis más intensificado que permita ahondar en la información de una persona natural o jurídica, esta última que incluya su composición accionaria y societaria logrando llegar a los beneficiarios finales.

 

Citando el glosario de la UIAF es preciso traer al tema la definición que se tiene sobre la Debida Diligencia a Clientes:

 

“Las entidades deben tener un conocimiento efectivo, eficiente y oportuno de todos los clientes actuales y potenciales, así como para verificar la información y los soportes de la misma, es decir de todas personas naturales o jurídicas con la cual la entidad establece y mantiene una relación contractual o legal para el suministro de cualquier producto propio de su actividad”

 

 

La pregunta es: ¿es suficiente con la realización de una Debida Diligencia a Clientes?  o es necesario profundizar la información con mediante una Debida Diligencia Avanzada.

 

En muchas ocasiones nos remitimos específicamente al cumplimiento normativo con el fin de mitigar la materialización de un riesgo legal que pueda afectar a nuestra organización, pero no hemos desarrollado un pensamiento prospectivo analizando que debemos tener en cuenta los riesgos que puede ocasionar un mayor daño ante un evento de materialización cuando se pasan por alto detalles que no se pueden evidenciar en una Debida Diligencia a Clientes.

 

Si bien es cierto con las herramientas de búsqueda facilitada por los estados, los análisis que realizan las compañías a nivel interno, sumados a los controles establecidos dentro de los procedimientos de tendientes a la prevención LA/FT permitiría inferir que los responsables del cumplimiento estarían en la capacidad de demostrar ante las entidades reguladoras que se han implementados las medidas apropiadas y efectivas para cumplir con las obligaciones establecidas en la normatividad vigente pero realmente esta situación solo permite la mitigación del riesgo legal dejando desprotegida la organización teniendo en cuenta que durante el proceso de demostración del principio de responsabilidad demostrada ante la autoridad, el daño reputacional a la organización puede estar causando daños irreparables a la continuidad del negocio.

 

Por ello es fundamental, poder establecer un proceso de verificación que permita profundizar en aquella información que no está exhibida o revelada en fuentes con datos abiertos y que son este tipo de aspectos que son de interés en la mitigación de riesgos previos al momento de establecer cualquier vínculo con las contrapartes interesadas en nuestra actividad económica.

 

Normalmente se tiene un concepto erróneo, respecto a este proceso de prevención de comprobaciones debidas, donde se efectúa por un cumplimiento normativo, pero no se toma en cuenta los riesgos asociados al Core de negocio y la ampliación en procesos de alto riesgo o de importante inversión por las compañías. El proceso de debida diligencia ampliada debe estar apoyada, sustentada y bajo la gestión de la alta gobernanza, al igual que guiada por personal experto en temas forenses y de investigación, en el que se detalle en su búsqueda, cualquier trazabilidad evidenciada en las diferentes fuentes abiertas y cerradas, utilizadas para comprobar o desvirtuar la vinculación de los sujetos procesales ante las infracciones penales. La profundización en la búsqueda de información, es de vital importancia en la prevención LAFT y sus delitos conexos, al igual que se previenen otros delitos como la suplantación o establecimiento de empresas facha, que son practicas comunes, que sumadas a los diferentes tipologías ya conocidas, el modus operandi de los lavadores va migrando cada vez más en la búsqueda de nuevas alternativas organizacionales a nivel delictivo, donde debemos olvidar la regla que todo lo bueno exteriormente es aceptable, se debe validar y desvirtuar cualquier tipo de imputación delictiva que posteriormente se vea desencadenada en un daño irreparable.

 

 

¿En qué Consiste la Debida Diligencia Avanzada?

 

Consiste en el análisis especializado de información registrada en bases de datos de riesgo. Con la identificación de cada una de las personas sujeta al análisis que permite el descarte de homonimia en durante el proceso de consulta, se validan los riesgos operativos y empresariales que puedan afectar el patrimonio económico y reputacional de la empresa CLIENTE, siendo este un mecanismo que le permitirá al responsable de cumplimiento y a sus directivas la toma de decisiones seguras y confiables.

 

En muchas oportunidades la Debida Diligencia Avanzada, es requerida para descartar o confirmar señales de alerta dentro de los esquemas de prevención de riesgos.

 

Esta Debida Diligencia Avanzada se encuentra enmarcada dentro de un modelo de prevención de riesgos operativos y empresariales consistente en ampliar las novedades evidenciadas ante entidades públicas y privadas, Listas vinculante y restrictivas con Lavado de Activos y Financiación al Terrorismo (LAFT) que puedan ofrecer información sobre los antecedentes disciplinarios, penales, judiciales y/o civiles de las contrapartes, con esta consulta se determina si el evaluado tiene o no novedades de algún tipo y en caso de tenerlos, detallar la información.

 

Un proceso de Debida Diligencia Avanzada permite ahondar en aquellos detalles orientadores que garanticen un adecuado nivel de prevención de riesgos permitiendo conocer:

 

  • Identificar alertas futuras de forma anticipada sobre las contrapartes permitiendo tener la posibilidad de una mitigación efectiva de riesgos legales, reputacionales y operativos.
  • Establecer un nivel de profundidad en la verificación de contrapartes de acuerdo con la clasificación que tenga de ellas, situación que permite ampliar el espectro de la búsqueda y la mitigación es mayor.
  • Permite conocer en detalle y de forma más precisa y exacta las novedades que pueda presentar una contraparte en el momento de su vinculación.
  • Permite confirmar o desvirtuar la imputación de una persona, durante el proceso de consulta
  • Garantiza la fiabilidad de la información consultada
  • Ampliación de la información evidenciada durante la Debida Diligencia realizada previamente.
  • Mejorar los procesos de selección de contrapartes
  • Integra información personalizada, según el objeto de negocio.

 

La debida diligencia debe transmitir confianza y no desinformación o inducir a errores al hacer validaciones simples, como por ejemplo un caso reciente a nivel nacional y con connotación internacional y es el caso de Alex Nain Saab Morán, quien se mostraba como un gran empresario colombiano de origen libanés y quien podría no generar sospechas o dudas de su reputación para la vinculación de cualquier tipo de negocio, pero hace algún tiempo fue​ involucrado en la filtración de Panama Papers, que no es una lista sancionatoria pero si de referencia que debería establecer un monitoreo con condiciones diferentes y donde el mes pasado fue publicado una investigación, al ser prófugo de la justicia, como el hombre que hizo relaciones con el presidente de Venezuela para ejecutar operaciones por cientos de millones de dólares en el mundo con la comida de los venezolanos, según fuentes de medios locales de nuestro país.

 

Pero sin lugar a dudas el mayor beneficio que nos puede brindar una Debida Diligencia Avanzada consiste en contar con una herramienta precisa en la toma de decisiones seguras y acertadas que garanticen la continuidad del negocio, mitigando cualquier materialización del riesgo.

 

Recuerde que el costo de realizar una Debida Diligencia Avanzada con una entidad experta en la materia, es un mínimo referente a las pérdidas que se pueden llegar a tener una organización con la vinculación a un proceso LA/FT, además se debe tener en cuenta que al aplicar una debida diligencia adecuada a toda la organización y exigirla a todas las contrapartes, permitirá que la unión y unificación de estos criterios blinden las empresas para que las organizaciones criminales evidencien el compromiso social de todo un país.

 

Lea también: ( Validación de listas Restrictivas)

 

Por: Ricardo Orjuela, Oscar Díaz, Consultores, Forensic RKS

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